Mostrando entradas con la etiqueta 00. Conceptos generales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta 00. Conceptos generales. Mostrar todas las entradas

martes, 9 de marzo de 2010

El Patrimonio de Andalucía en nuestro Estatuto de Autonomía, por Sandra y Manuel

Con motivo de la reciente celebración del Día de Andalucía, el pasado 28 de febrero, nos parecía conveniente hablar sobre la mención del Patrimonio Andaluz en nuestro estatuto. Ahora os hablaremos de los distintos apartados en el que el estatuto habla de la palabra Patrimonio.

En el Preámbulo se nombra al Patrimonio Andaluz como parte esencial de nuestro país, en la que andaluces y andaluzas nos reconocemos, compartiendo un mismo proyecto basado en los valores de justicia, libertad y seguridad, consagrado en la Constitución de 1978, baluarte de los derechos y libertades de todos los pueblos de España.

También dice de Andalucía que ha compilado un rico acervo cultural por la confluencia de una multiplicidad de pueblos y de civilizaciones, dando sobrado ejemplo de mestizaje humano a través de los siglos, y se dice que se manifiesta en un patrimonio cultural tangible e intangible, dinámico y cambiante, popular y culto, único entre las culturas del mundo.

En el artículo 10 llamado "Objetivos Básicos de la Comunidad Autónoma" apartado 3.3 se habla del Patrimonio Histórico Andaluz como medio de afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza.


Anfiteatro romano de Itálica

En varios artículos del estatuto defienden, y también tienen como deber, el preservar y cuidar el Patrimonio para que todas las personas puedan disfrutarlos para buen uso de él.

En el apartado llamado Cultura y Patrimonio, se destaca que es Andalucía quien tiene la exclusiva competencia de proteger el Patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico.

También se pide a otras Administraciones Públicas que cooperen para la promoción, defensa y protección del Patrimonio histórico y artístico andaluz.

A las Comunidades Autónomas también se les dará subvenciones, legados y donaciones según como vaya rindiendo su Patrimonio.


Catedral de Cádiz

En el artículo 188, llamado Patrimonio, se dice de lo que está integrado el Patrimonio de una Comunidad Autónoma, y está formado por:
  • Los bienes y derechos de su titularidad en el momento de aprobarse el presente estatuto.
  • Los bienes y derechos adquiridos por cualquier título jurídico válido.
En este blog, nos ha parecido conveniente el recordar un poco lo importante que es para nuestra comunidad el Patrimonio en general, y así dar un pequeño toque de atención para los que no saben lo importante que es, y que aprendan a cuidarlo un poco más día a día.

miércoles, 26 de noviembre de 2008

La nueva Ley de protección de Patrimonio Histórico combatirá la contaminación visual de los monumentos, por Miguel

El consejo de Gobierno ha aprobado en 2007 el proyecto de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía. Este proyecto integra tanto las dos figuras de protección estatales (Bienes de Interés Cultural y Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español) como las dos autonómicas (Bienes de Catalogación Genérica y Bienes de Catalogación Específica). Estas ultimas se unen en una categoría, denominada de Catalogación General.

El texto que hemos comentado incorpora también la creación del Inventario General de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, donde también se incluyen aquellos de menos importancia para su protección.

Aquellas obras que afecten a los bienes declarados de interés cultural, necesitarán una autorización administrativa.

La consejera de cultura, Rosa Torres, explicó que se debían proteger aquellas zonas que reunan bienes de distinta naturalezas y cronología. Estas zonas serán gestionadas por un órgano específico, denominado Parque Cultural, con la participación de administraciones y agentes sociales y económicos implicados. Con esto, se intenta proteger las zonas con bienes de interés cultural para evitar el impacto visual negativo de objetos como antenas, rótulos publicitarios, etc.

En mi opinión, la promulgación de esta ley me parece una gran idea, debido a que cada vez están en peor estado los monumentos declarados bien de interés patrimonial, pero no solo eso, sino que muchas de estas obras no se respetan como se merecen. No solo se contamina el medio ambiente, la capa de ozono y las cosas relacionadas con la naturaleza, también, en muchos aspectos, se contamina la vista. Desde el punto de vista artístico, cultural e histórico es muy importante preservarlos, ya que forman parte de la sociedad a la que hacen referencia y están ubicados.

Para una mejor información podéis visitar un articulo en internet muy bien detallado y del que me ha servido de inspiración para este articulo pinchando aquí.

jueves, 9 de octubre de 2008

Patrimonio Histórico de Andalucía, por Sandra y Adrián

El Patrimonio Histórico de Andalucía está protegido por la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. Como se indica en ella, su propósito es garantizar la tutela, protección, conservación, y difusión del Patrimonio andaluz.

En dicha ley se reconocen diferentes tipos de patrimonio: inmueble, mueble, arqueológico, etnológico, industrial, documental y bibliográfico. Para el propósito de nuestra asignatura, nos interesa, especialmente aunque no exclusivamente, lo relativo a los tres primeros, y de ellos vamos a hablar.

En cuanto a los bienes inmuebles, se clasifican de la siguiente manera:


  • Monumentos: los edificios y estructuras de relevante interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico.

  • Conjuntos Históricos: las agrupaciones de construcciones urbanas o rurales junto con los accidentes geográficos que las conforman, relevantes por su interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico.



  • Jardines Históricos:los espacios delimitados con elementos naturales, a veces con estructuras de fábrica, y estimados de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.


  • Sitios Históricos: los lugares vinculados a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras humanas, que posean un relevante valor histórico, etnológico, arqueológico, paleontológico o industrial.
  • Zonas Arqueológicas: espacio donde se ha comprobado la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos de interés relacionados con la historia de la humanidad.



  • Lugares de Interés Etnológico: parajes, espacios, construcciones o instalaciones vinculados a formas de vida, cultura, actividades y modos de producción propios del pueblo andaluz, que merezcan ser preservados por su valor.


  • Lugares de Interés Industrial: parajes, espacios, construcciones o instalaciones vinculados a modos de extracción, producción, comercialización, transporte o equipamiento que merezcan ser preservados por su valor industrial, técnico o científico.


  • Zonas Patrimoniales: territorios o espacios que constituyen un conjunto patrimonial, diverso y complementario que poseen un valor de uso y disfrute para la colectividad.
Los bienes muebles objeto de protección son todos aquellos objetos de gran importancia y relevancia cultural del territorio andaluz que pueden ser transportados y almacenados, como pueden ser por ejemplo: joyas, cuadros, cerámicas,etc.

Finalmente, forman parte del Patrimonio Arqueológico los bienes muebles o inmuebles de interés histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, en las profundidades marinas, en el mar territorial.

Para terminar, no nos gustaría dejar de recordar que, son bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma de Andalucía todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del Patrimonio Histórico Andaluz y sean descubiertos como consecuencia de excavaciones, remociones de tierra, obras o actividades de cualquier índole o por azar, todo ello de acuerdo con la legislación del Estado.

miércoles, 8 de octubre de 2008

Patrimonio Histórico Español, por Ramón y Juan Diego


En España, se denomina Patrimonio histórico, al conjunto de bienes, tanto materiales, acumulados a lo largo del tiempo. Estos bienes pueden ser de tipo artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, documental, bibliográfico, científico o técnico.


Esta diversidad del tipo de bienes que comprende, explica que últimamente el término tienda a sustituirse por el de «bienes culturales», acepción más reciente y de uso internacional.


A escala mundial, se utiliza la figura de Patrimonio de la Humanidad, para proteger aquellos bienes de interés internacional.

En España, la competencia para la tutela del Patrimonio histórico, está descentralizada en las Comunidades Autónomas, por lo que muchas de ellas han desarrollado su propia legislación.

El Patrimonio Historico Español está considerado como uno de los mas ricos del mundo, debido a su antigüedad.

La palabra “patrimonio” procede del latín patrimonium, que significa aquellos objetos que provienen de los antepasados y que posteriormente traspasamos en herencia.

El sentido del Patrimonio viene de la percepción del tiempo que pasa y de la necesidad de retenerlo mediante lo que queda, los objetos del pasado.

El concepto de patrimonio es una construcción cultural, ya que, en cada momento de la Historia se ha considerado de forma diferente qué tipo de objetos merecían ser conservados. Es decir, cada cultura, cada época, cada mentalidad construye su propio patrimonio.

Pero hay unos componentes en este concepto que se repiten a lo largo del tiempo y de la geografía del mundo y es que, cuando un objeto se considera merecedor de ser conservado por aglutinar unos valores únicos, entonces es considerado como Bien Patrimonial.

Como dijo KUBLER,el momento que acaba de pasar se ha extinguido de todo, excepto de los objetos que ha dejado” y como dijo SUSAN SONTAG, “los objetos del pasado son una promesa de inmortalidad”.

Related Posts with Thumbnails