viernes, 17 de octubre de 2008

Castillo de Bentomiz, por Agustín

El castillo de Bentomiz, está situado en el municipio malagueño de Arenas, en la comarca de Axarquía, sobre un monte de unos 711 metros de altura, y desde el cual se puede admirar un gran paisaje de la costa. Es el segundo castillo más grande, por extensión, de la provincia de Málaga.

Forma parte del Catálogo de Bienes Patrimoniales de Andalucía, bajo la figura de monumento (dicha figura considera como tales los edificios y estructuras de relevante interés histórico , arqueológico , paleontológico , artístico , etnológico , industrial , científico , social o técnico , con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen).

Entres sus restos se entremezclan las épocas romana y árabe. En los alrededores quedan restos de murallas y de una torre ochavada.

En esta página podeis encontrar alguna información añadida sobre el castillo, e indicaciones para visitarlo si teneis ocasión.


jueves, 9 de octubre de 2008

Convento de la Concepción de Pedroche, por Eugenio

Hace unos días explorando varias páginas en Internet, leímos un artículo en el periódico del “Diario de Córdoba": “El alcalde demanda ayudas para restaurar el convento”.

Este artículo hace referencia a la remodelación del Convento de la Concepción de Pedroche, en Córdoba. El Ayuntamiento a través de su alcalde reclama ayuda para reformar este convento levantado en el siglo XVI en el lugar donde se alzaba una antigua una mezquita.

La Junta de Andalucía declaró este convento como Bien de Interés Cultural (figura jurídica de protección del patrimonio), ya que es un edificio que tiene un importante valor artístico.

Este convento del S.XVI , es un edificio conventual de arquitectura mudéjar del Quinientos. En el XVIII se le agregó la espadaña, un elemento arquitectónico de campanario y fue restaurado en 1942 a causa de la guerra civil.

El Convento tiene su origen en un Beaterio de mujeres que, en 1524, a petición del pueblo, se convirtió en convento de monjas clarisas. A su construcción contribuyeron con gran parte de su coste económico vecinos del pueblo, especialmente Simón Ruiz y Antón García.

El inmueble, por su ubicación en el núcleo histórico, junto a la Iglesia Parroquial y la Ermita de Santa María del Castillo, en cuyo entorno se ha desarrollado y ampliado la población, presenta unos importantes valores urbanísticos, dando lugar a la nomenclatura y creación de varias calles.

Para haceros una idea del interesante patrimonio artístico de este pueblo cordobés, podeis ver este pequeño vídeo que hemos encontrado en youtube


Capa pluvial de Carlos V, por Agustín y Miguel

Una Capa Pluvial es una capa que llevaban los sacerdotes o diáconos en los actos de culto divino, que lleva capillo o escudo en la espalda. Abierta por delante, esta capa recae sobre los hombros y se cierra en su parte delantera.

El acto ha tenido lugar en la catedral de Sevilla. Es una prenda única en el ámbito patrimonial andaluz por sus valores históricos y artísticos. Aunque no conocemos con exactitud su fecha de realización, sabemos que fue llevada por Carlos V durante su coronación.

Durante todo este tiempo, la Capa Pluvial en general no han variado en su forma de ser, sino que siguen permaneciendo intactas en cuanto a formas se refieren desde el siglo XVI.

La Capa de Carlos V presenta bordados con hilos metálicos y sedas de colores. Por la espalda cuelga al filo del orfre el denominado capillo de 63 cm de altura, que está ricamente bordado y representa la Coronación de la Virgen con el Niño.


Si pinchas aquí podrás leer la noticia que nos sirvió de guía para completar información sobre el tema de la Capa Pluvial de Carlos V :

Es una noticia que hemos elegido porque nos ha parecido interesante saber que algo que no pertenece ni a la arquitectura, ni a representación de cuadros ni edificios... es declarado Patrimonio Artístico Andaluz.

Capa Pluvial Originaria de Carlos V

La Junta protege Medina Azahara, por Jesús e Isaías

El Consejo de Gobierno andaluz declara de interés social diez hectáreas en la inmediaciones de Medina Azahara. Los vecinos afectados ya han anunciado medidas de protesta.



El gobierno adquirió 10 hectáreas de parcelas urbanizadas ilegalmente en Medina Azahara (Córdoba). Actuaron así para evitar que se construyan inmuebles. Las 10 hectáreas constan de 29 parcelas que corren el riesgo de ser construidas, pues son vírgenes, ya que están ubicadas junto a las urbanizaciones ilegales de La Gorgoja II, Córdoba la Vieja y Las Pitas. Éste problema comenzó a preocupar a la Junta y al Ayuntamiento de Córdoba cuando comenzaron a proliferar "parcelas ilegales".

La medida tomada es el comienzo de un plan que garantiza la completa protección de la zona ante las presiones urbanísticas; La Junta actuará sobre las parcelas ya edificadas y ha creado una oficina técnica de disciplina urbanística que estudia cada caso por separado.

Medina Azahara consta de una zona arqueológica declarada Monumento Histórico-Nacional en 1923. Su superficie protegida es de 1.518,22 Ha, dentro de los cuales se hallan los territorios afectados. El régimen de protección legal del yacimiento se remonta al año 1.923.

La medida tomada es, a nuestro parecer, bastante acertada. Ya era hora de que se tomaran medidas.

Patrimonio Histórico de Andalucía, por Sandra y Adrián

El Patrimonio Histórico de Andalucía está protegido por la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. Como se indica en ella, su propósito es garantizar la tutela, protección, conservación, y difusión del Patrimonio andaluz.

En dicha ley se reconocen diferentes tipos de patrimonio: inmueble, mueble, arqueológico, etnológico, industrial, documental y bibliográfico. Para el propósito de nuestra asignatura, nos interesa, especialmente aunque no exclusivamente, lo relativo a los tres primeros, y de ellos vamos a hablar.

En cuanto a los bienes inmuebles, se clasifican de la siguiente manera:


  • Monumentos: los edificios y estructuras de relevante interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico.

  • Conjuntos Históricos: las agrupaciones de construcciones urbanas o rurales junto con los accidentes geográficos que las conforman, relevantes por su interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico.



  • Jardines Históricos:los espacios delimitados con elementos naturales, a veces con estructuras de fábrica, y estimados de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.


  • Sitios Históricos: los lugares vinculados a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras humanas, que posean un relevante valor histórico, etnológico, arqueológico, paleontológico o industrial.
  • Zonas Arqueológicas: espacio donde se ha comprobado la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos de interés relacionados con la historia de la humanidad.



  • Lugares de Interés Etnológico: parajes, espacios, construcciones o instalaciones vinculados a formas de vida, cultura, actividades y modos de producción propios del pueblo andaluz, que merezcan ser preservados por su valor.


  • Lugares de Interés Industrial: parajes, espacios, construcciones o instalaciones vinculados a modos de extracción, producción, comercialización, transporte o equipamiento que merezcan ser preservados por su valor industrial, técnico o científico.


  • Zonas Patrimoniales: territorios o espacios que constituyen un conjunto patrimonial, diverso y complementario que poseen un valor de uso y disfrute para la colectividad.
Los bienes muebles objeto de protección son todos aquellos objetos de gran importancia y relevancia cultural del territorio andaluz que pueden ser transportados y almacenados, como pueden ser por ejemplo: joyas, cuadros, cerámicas,etc.

Finalmente, forman parte del Patrimonio Arqueológico los bienes muebles o inmuebles de interés histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, en las profundidades marinas, en el mar territorial.

Para terminar, no nos gustaría dejar de recordar que, son bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma de Andalucía todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del Patrimonio Histórico Andaluz y sean descubiertos como consecuencia de excavaciones, remociones de tierra, obras o actividades de cualquier índole o por azar, todo ello de acuerdo con la legislación del Estado.

miércoles, 8 de octubre de 2008

Patrimonio Histórico Español, por Ramón y Juan Diego


En España, se denomina Patrimonio histórico, al conjunto de bienes, tanto materiales, acumulados a lo largo del tiempo. Estos bienes pueden ser de tipo artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, documental, bibliográfico, científico o técnico.


Esta diversidad del tipo de bienes que comprende, explica que últimamente el término tienda a sustituirse por el de «bienes culturales», acepción más reciente y de uso internacional.


A escala mundial, se utiliza la figura de Patrimonio de la Humanidad, para proteger aquellos bienes de interés internacional.

En España, la competencia para la tutela del Patrimonio histórico, está descentralizada en las Comunidades Autónomas, por lo que muchas de ellas han desarrollado su propia legislación.

El Patrimonio Historico Español está considerado como uno de los mas ricos del mundo, debido a su antigüedad.

La palabra “patrimonio” procede del latín patrimonium, que significa aquellos objetos que provienen de los antepasados y que posteriormente traspasamos en herencia.

El sentido del Patrimonio viene de la percepción del tiempo que pasa y de la necesidad de retenerlo mediante lo que queda, los objetos del pasado.

El concepto de patrimonio es una construcción cultural, ya que, en cada momento de la Historia se ha considerado de forma diferente qué tipo de objetos merecían ser conservados. Es decir, cada cultura, cada época, cada mentalidad construye su propio patrimonio.

Pero hay unos componentes en este concepto que se repiten a lo largo del tiempo y de la geografía del mundo y es que, cuando un objeto se considera merecedor de ser conservado por aglutinar unos valores únicos, entonces es considerado como Bien Patrimonial.

Como dijo KUBLER,el momento que acaba de pasar se ha extinguido de todo, excepto de los objetos que ha dejado” y como dijo SUSAN SONTAG, “los objetos del pasado son una promesa de inmortalidad”.

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